jueves, 28 de mayo de 2009

ACCESO A LA EDUCACIÓN EN LA PRÁCTICA.

Al hacer efectivo este derecho se velará por que :
  • Las personas con discapacidad no queden excluidos del sistema general de educación en base a su discapacidad, y que los niños con discapacidad no queden excluidos de la enseñanza Primaria gratuita y obligatoria, o de la Enseñanza Secundaria, en base a su discapacidad.
  • Las personas con discapacidad puedan acceder a una educación inclusiva, de calidad y gratuita tanto en la enseñanza Primaria como Secundaria en igualdad con el resto, dentro de las Comunidades en las que habiten.
  • Se proporcionen ajustes razonables en función de las necesidades individuales
  • Las personas con discapacidad reciban el apoyo necesario, dentro del sistema general de educación, para facilitar su formaión efectiva.
  • Se presenten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, en consonancia con el objetivo de la plena inclusión.

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